Adiós al D.F., bienvenida la Ciudad de México
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A partir de que la Comisión Permanente del Congreso declarara, el día 20 de enero de 2016, la validez constitucional de la reforma política del Distrito Federal, donde hace oficial el cambio de nombre, es decir, ahora ya no tenemos que llamarle Distrito Federal, sino Ciudad de México.
Este cambio implica también que la Ciudad de México formará parte de los 32 estados que tiene la república mexicana, no es que antes no perteneciera a México, sino que antes eran 31 estados y un Distrito Federal, lo que quiere decir con este nombre que el Distrito Federal es: “aquel territorio que, dentro de un sistema federal, sirve de asiento para los poderes de la Unión, los que ejercen, con exclusión de cualquier autoridad estadual, las funciones propias al gobierno local de esta entidad. El orden jurídico que rige en la entidad es de carácter federal y, en consecuencia, carece de autonomía constitucional” (Osornio, s/f). Por lo tanto, ahora con la anulación del Distrito Federal, la Ciudad de México contará con su propia Constitución Política a partir del 31 de enero de 2017 y como: “Ciudad de México, como Capital Federal, equivalente a una entidad de la República, es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos; en consecuencia, acatará las disposiciones del Pacto Federal, siendo autónoma en su régimen interno” (Díaz Duran, s/f).
Otro de los cambios que veremos será el del nombre de las 16 delegaciones que conocemos, ahora se llamaran Alcaldías capitalinas. La Asamblea Legislativa cambiará, ahora será un Congreso local, ello quiere decir que tendrá la facultad de aprobar o rechazar reformas constitucionales. Los nombramientos del Procurador de Justicia y jefe de Policía serán hechos por el jefe de Gobierno, antes los hacía el presidente de la República. Así mismo, la Ciudad de México, contará con un Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.
En general, en el artículo 14 del capítulo tercero del Primer Proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México, establece que:
Todos los habitantes de la Ciudad de México gozarán de todos los derechos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de todos aquéllos que tutelen, garanticen y sean exigibles para su acceso en materia social, colectiva, de derechos humanos y de garantías y libertades individuales, así como todos aquellos que dispongan las Leyes Federales, el Derecho Internacional en materia de Derechos Humanos de que el Estado Mexicano sea parte, los señalados en la presente Constitución y de las leyes que de ellas emanen, así como de las garantías para su protección.
Todos estos cambios los veremos oficialmente plasmados hasta el 2018, con el nuevo gobierno de la Ciudad de México. Por su parte; “los capitalinos no deben preocuparse porque sus documentos oficiales hagan referencia al Distrito Federal, pues no perderán validez. Toda la documentación que en este intervalo esté señalado como DF se entenderá como documentación de la Ciudad de México” (Alfaro, 2016).
Así es que estemos listos para los cambios que se avecinan en torno a la Ciudad de México y si quieres información más detallada en el siguiente vínculo podrás leer a detalle el Primer Proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México.
Para sus colaboraciones, envíen sus notas a
publicaciones.academicas@redaliat.com
Por Verónica Soledad Rodríguez Rivera.
Referencias:
http://biblio.juridicas.unam.mx/revista/pdf/DerechoComparado/62/art/art6.pdf
http://www.constitucioncm.org.mx/pdf/Proyecto%20CDMX.pdf
http://www.excelsior.com.mx/comunidad/2016/01/20/1070114CDMX
Referencia de imagen:
http://elaltavoz.mx/wp-content/uploads/2015/09/Zocalo_Mexico_City_panorama_at_nightfall.jpg